El comité clínico que en la Comunidad de Madrid tiene la última palabra sobre los abortos a partir de la vigésima segunda semana de gestación y siempre que el feto esté afectado por una enfermedad muy grave, rechaza ya un tercio de las peticiones que evalúa . La tasa, correspondiente al año pasado, es la mayor registrada en la región en los últimos cinco años.
Para entenderlo hay que echar un vistazo a la interrupción por causas médicas, lo que incluye distintas situaciones contempladas en la norma. Entre ellas, la detección de anomalías fetales incompatibles con la vida, recogidas en un "dictamen emitido con anterioridad por un médico o médica especialista, distinto del que practique la intervención", o también cuando se detecte en el feto una enfermedad "extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité clínico ".
Dicho comité, también según la ley, estará compuesto por un "equipo pluridisciplinar " formado por "dos integrantes del personal médico especialistas en ginecología y obstetricia o expertos en diagnóstico prenatal y un pediatra", teniendo la paciente la posibilidad de elegir a uno de estos especialistas.
Según los datos oficiales de la Comunidad de Madrid, en el año 2021 al comité llegaron 37 peticiones de mujeres que querían interrumpir su embarazo por estos motivos, en un estado avanzado de gestación y atravesadas por un pronóstico demoledor. Ocho de ellas obtuvieron una evaluación desfavorable. Es decir, el 21% se topó con la negativa de los expertos. El año pasado, los casos examinados se incrementaron hasta los 42 y los que fueron rechazados ascendieron a 14: un tercio del total (33,3%). En lo que va de año, han sido aprobados cuatro y rechazados tres . Un escenario que denuncia Lorena Morales, diputada socialista en la Asamblea de Madrid: "Asistimos a un aumento de los casos rechazados, la situación va cada vez a peor".
"Tu cuerpo ya no es tuyo"
Jordi Baroja es director adjunto de la Associació de Drets Sexuals i Reproductius. A sus puertas han llamado centenares de mujeres en los últimos tres años, en el marco de la campaña Més 22 . Se trata de mujeres que han recibido la negativa del comité clínico de su comunidad, o a quienes los propios profesionales han recomendado intentarlo en otro territorio , ante la previsible dificultad de conseguir el visto bueno de los miembros del comité que les correspondería inicialmente.
"Atendemos a una media de una o dos mujeres cada semana, habitualmente son situaciones que han pasado las 22 semanas y hay algún tipo de anomalía fetal", expone al otro lado del teléfono. Muchas de ellas, comenta, se topan con un "laberinto y no saben bien qué hacer, otras tienen información previa de que el comité no les va a tender la mano ". La asociación les asesora y les acompaña, también les explica que a partir de la semana vigésima segunda "su cuerpo ya no es suyo, sino que depende de un comité clínico".
Baroja insiste en aclarar que, a falta de datos globales, no detecta una comunidad concreta con mayores tasas de rechazo y desplazamiento posterior, sino que muchas veces se trata de un "mal endémico", casi siempre producto de la propia redacción legislativa y de su interpretación posterior. Determinar la viabilidad de un embarazo cuando existe una enfermedad "incurable o extremadamente grave es algo tremendamente subjetivo ", sostiene.
"No hay consenso ni entre los comités sobre cuáles son las patologías que deberían entrar en esa categoría", añade. En algunas comunidades es prácticamente imposible que se acepte la interrupción del embarazo cuando existe síndrome de Down o acondroplasia, pone como ejemplo, pero en otras esos mismos supuestos sí son aceptados, así que existe una disparidad palpable.
Una decisión discrecional
En ese punto sitúa el foco José Antonio Bosch , asesor jurídico de la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo (ACAI). En primer lugar, la ley contempla dos situaciones distintas en su articulado. Por un lado, habla de "anomalías fetales incompatibles con la vida" recogidas "en un dictamen emitido con anterioridad por un médico o médica especialista"; por otro lado, contempla toda "enfermedad extremadamente grave e incurable" que debe estar confirmada por un comité clínico. "Algunas comunidades entienden que es el mismo supuesto y que ambos deben pasar por el comité", cuando en realidad es la segunda de las situaciones descritas la que debe cumplir con ese requisito", sostiene el experto. "Ese es el primer filtro limitativo".
Si existe una enfermedad "incompatible con la vida", no sería necesaria la evaluación de un comité, porque existe un diagnóstico previo y se trata de datos objetivos, añade Bosch. Un extremo que algunas comunidades no tienen en cuenta. En el caso de las enfermedades incurables, se trata de situaciones con un mayor margen de interpretación, por lo que se introduce el filtro del grupo de expertos. Un equipo de profesionales a los que se pr…
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