La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) adoptó una resolución que insta a los países a tener en cuenta en el manejo fiscal y tributario la crisis climática y los derechos económicos, sociales y ambientales de sus ciudadanos.
Sobre la regla fiscal. Dice que los Estados deben asegurar que las reglas fiscales incorporen salvaguardas adecuadas para proteger la financiación de los derechos humanos, uno de ellos a gozar de un ambiente sano.
También hace un llamado a los que están sobreendeudados o con capacidades fiscales que no les permiten destinar recursos, a implementar medidas como canjes de deuda por acción climática o renegociaciones de la deuda.
Pide a los países desarrollados promover mecanismos de cooperación y financiamiento climático internacional que sea equitativo.
“Los Estados deben abstenerse de adoptar políticas fiscales que aumenten la vulnerabilidad climática de otros Estados, promuevan actividades ambientalmente dañinas o dificulten el acceso equitativo al financiamiento climático”, concluye el capítulo de sostenibilidad ambiental y acción climática.
Según un informe publicado en octubre de 2025 por el Pnuma , los países desarrollados están disminuyendo sus aportes financieros para la adaptación al cambio climático de los países en desarrollo.
A su vez, en marzo, Reino Unido anunció que disminuirá en un 14% su financiamiento climático a los países en desarrollo, una reducción de cerca de 2 mil millones de libras esterlinas al año, equivalente a 10 billones de pesos colombianos.
Los países deben gravar la industria fósil midiendo el impacto. La resolución también le pide a los países poner impuestos a las energías basadas en combustibles fósiles, actividades extractivas y a las emisiones de carbono. Con lo recaudado, deberán contribuir a la mitigación y adaptación al cambio climático y la transición energética.
Aunque deben evitar que los impuestos generen “efectos desproporcionados” sobre los consumidores, trabajadores y regiones que dependan económicamente de este tipo de actividades, en especial cuando no cuentan con otro tipo de alternativas. Para ello, los países deben garantizar planes de transición, protección y compensación.
Revisión periódica de financiación a actividades contaminantes. La Cidh afirma que los países deben revisar constantemente si las actividades contaminantes o incompatibles con la protección del medio ambiente tienen algún tipo de beneficio fiscal, como subsidios, y eliminarlos, reducirlos o disminuirlos.
Además, debe fortalecer los incentivos, como disminuciones en los impuestos, a aquellos sectores que contribuyan a la protección del ambiente, como las energías renovables o la bioeconomía.
No es vinculante. La resolución de la Cidh establece estándares para la interpretación que hacen tribunales, como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a la hora de emitir sentencias y presenta recomendaciones que los Estados pueden considerar, pero su incumplimiento no trae consigo consecuencias para los países.
Acá la resolución.
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