El Tribunal Constitucional de Polonia dictaminó que un reglamento que permite el registro de certificados de matrimonio extranjeros del mismo sexo en Polonia era inconstitucional, afirmando que alteró la definición legal de matrimonio más allá de los cambios administrativos permisibles. El reglamento, introducido por el Ministerio de Asuntos Digitales después de los fallos del Tribunal Europeo de Justicia y el Tribunal Administrativo Supremo de Polonia, tenía como objetivo permitir a las parejas del mismo sexo registrar sus matrimonios en el país. Sin embargo, los legisladores del partido nacional-conservador Ley y Justicia (PiS) impugnaron el reglamento, argumentando que violaba la definición constitucional de matrimonio como una unión entre un hombre y una mujer. El tribunal, según se percibe influenciado por PiS, estuvo de acuerdo, afirmando que tales cambios requerían enmiendas constitucionales en lugar de meros ajustes regulatorios. El gobierno se ha negado a implementar el fallo, manteniendo su propio reglamento que permite registrar matrimonios extranjeros del mismo sexo.
Lectura del sesgo (Conservador): El artículo enmarca el fallo como una victoria para los valores conservadores, haciendo hincapié en la definición constitucional del matrimonio como una institución tradicional.



