El Tribunal Constitucional polaco ha dictaminado en contra del reconocimiento de los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en el extranjero, considerando inconstitucional la regulación pertinente emitida por el ministro del Interior, Marcin Kierwinski. El tribunal enfatizó que la constitución de Polonia define el matrimonio como una unión entre un hombre y una mujer. Esta decisión contradice un fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que ordenó a los estados miembros de la UE que reconozcan los matrimonios entre personas del mismo sexo contraídos en otros países de la UE para garantizar la libertad de movimiento de los ciudadanos de la Unión dentro de la UE. Dos hombres que se casaron en Berlín en 2018 habían impugnado previamente este tema. Anteriormente, el tribunal administrativo más alto de Polonia había ordenado al estado que reconociera dichos matrimonios, alineándose con el fallo del TJUE. Sin embargo, los miembros del partido de oposición de derecha PiS activaron el Tribunal Constitucional, que está compuesto en gran medida por jueces nombrados durante el mandato de PiS y alineados con el partido.
Lectura del sesgo (Conservador): El artículo destaca la decisión del Tribunal Constitucional polaco de rechazar el reconocimiento del matrimonio entre personas del mismo sexo, alineándose con la postura del partido conservador PiS.




