En julio de 2026, Ercilia Sanhueza, una maestra jubilada de la región de Biobío en Chile, se convirtió en el centro de una batalla legal por el acceso a medicamentos que salvan vidas. Diagnosticada con cáncer de mama metastásico HER2-positivo en 2023, había agotado todas las opciones de atención médica pública, que solo ofrecían atención paliativa. El tratamiento que necesitaba, un medicamento de alto costo llamado Trastuzumab Deruxtecán, no estaba cubierto por el sistema de salud pública de Chile.
Esto llevó a un desafío legal contra el hospital, el Servicio Regional de Salud de Concepción, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Finanzas. El caso llegó a la Corte Suprema, donde la Tercera Sala falló a favor de Ercilia el 21 de julio de 2026. El tribunal ordenó al estado que financiara el tratamiento, a pesar de que tales decisiones generalmente están reservadas para las autoridades administrativas. El fallo enfatizó el derecho a la vida y la salud, afirmando que estos no deberían depender de los medios financieros de uno.
En una entrevista con Canal 9 Bío-Bío Televisión, Ercilia enfatizó que "la salud no debe depender del dinero", instando a otras mujeres en situaciones similares a buscar ayuda y continuar luchando por sus derechos. Sin embargo, la decisión se limitó a su caso individual y no sentó un precedente para otros. Este fallo se suma a una creciente lista de casos en los que la Corte Suprema de Chile ha intervenido en disputas de atención médica, a menudo citando el derecho a la vida y la salud.
El debate se centra en si la provisión de tratamientos costosos cae dentro del ámbito de los tribunales o sigue siendo el dominio de los ministerios de salud y las autoridades fiscales. El sistema de salud pública de Chile opera bajo tres marcos regulatorios clave: el Libro II del Decreto Ley No. 1 de 2005 del Ministerio de Salud, el Sistema de Garantías Explicitas en Salud (GES), establecido por la Ley No. 19,966 de 2004, y el Sistema de Protección Financiera para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo, regulado por la Ley No. 20,850 de 2015, conocida como la Ley Ricarte Soto. Estas leyes definen qué tratamientos son elegibles para financiación estatal.
Si un diagnóstico o tratamiento no está incluido en estas garantías, ni los hospitales ni los servicios de salud regionales están obligados a cubrirlo. En el caso de Ercilia, el tratamiento no había pasado por el proceso de aprobación requerido, lo que significa que no había obligación legal para que el estado lo financiara. Los críticos argumentan que el sistema actual crea barreras para los pacientes que requieren medicamentos costosos, particularmente aquellos con afecciones raras o avanzadas. Señalan la necesidad de una reforma para garantizar el acceso equitativo a los tratamientos esenciales. Mientras tanto, los partidarios del marco existente enfatizan la importancia de la responsabilidad fiscal y las limitaciones impuestas por la escasez de recursos.
La tensión entre estas perspectivas pone de relieve los desafíos más amplios que enfrenta la política de salud de Chile. A medida que continúa la discusión sobre la intervención judicial en la atención médica, el resultado del caso de Ercilia puede influir en futuros debates.
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