El presidente Javier Milei firmó el Decreto 681/2026, que modifica la Ley de Migración de Argentina para prohibir la entrada o expulsión de extranjeros que promuevan mensajes de odio contra los argentinos o participen en actos de falta de respeto hacia los símbolos nacionales.
La nueva medida añade una cláusula al artículo 29 de la Ley de Migración, que establece que los extranjeros que hayan dirigido mensajes de odio, orales o escritos, contra el pueblo o ciudadanos argentinos debido a su nacionalidad, incitados a la violencia contra los argentinos, participado en actos de falta de respeto hacia los símbolos nacionales o promovido tal comportamiento tendrán prohibido ingresar al país.
La aplicación de estas medidas debe tener en cuenta las circunstancias personales y fácticas de cada caso. En el fundamento del decreto, el poder ejecutivo declaró que ha habido un aumento de mensajes hostiles y desdén dirigidos contra el pueblo argentino, su cultura e identidad nacional. Estos comportamientos afectan la cohesión social y contradicen el espíritu bajo el cual Argentina históricamente abrió sus puertas a los inmigrantes.
El decreto hace hincapié en que, si bien el país mantiene una tradición de hospitalidad hacia los extranjeros, el estado conserva el derecho soberano de establecer condiciones para admitir, permitir la estancia o ordenar la expulsión de extranjeros cuando el orden público o la seguridad se ve comprometida. La nueva regulación incluye excepciones explícitas para evitar afectar las expresiones protegidas de la libertad de expresión. Aclara que la disidencia ideológica, la crítica política, académica o cívica, siempre y cuando constituyan el ejercicio legítimo de los derechos garantizados por la Constitución Nacional, no se incluirán en estas disposiciones.
El gobierno argumenta que la modificación regula el ejercicio de la libertad de expresión sin afectar el derecho a expresar opiniones, limitando solo aquellas acciones que implican incitación al odio o la violencia contra los argentinos en base a la nacionalidad o constituyen un insulto a los símbolos nacionales. El decreto fue firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de gabinete Diego Santilli y varios ministros, incluidos Pablo Quirno, Carlos Alberto Presti, Luis Caputo, Juan Bautista Mahiques, Alejandra Monteoliva, Mario Lugones, Sandra Pettovello y Federico Sturzenegger.
La ley entrará en vigor a partir del viernes 31 de agosto, un día después de su publicación en el Boletín Oficial, y será enviada a la Comisión Bicameral Permanente del Congreso, que debe emitir un fallo sobre su validez o invalidez y presentar su informe a ambas cámaras en un plazo de diez días hábiles.
López Taiz señaló además que el contenido del decreto presenta cuestiones legales debido a la amplitud de los conceptos utilizados. Explicó que términos como "mensajes de odio" y "desrespeto hacia los símbolos nacionales" carecen de umbrales claros de gravedad y criterios objetivos para determinar cuándo existe una incitación real al odio.
Esta ambigüedad otorga una amplia discrecionalidad a las autoridades de migración, lo que podría conducir a interpretaciones subjetivas de lo que constituye una crítica legítima frente al discurso de odio.
Los críticos también destacaron la inconsistencia de la medida, señalando que si países como Brasil o España aplicaran reglas similares, el propio Milei no podría ingresar a esas naciones.
★
Mantengamos las noticias honestas.
ObjectiveNews se financia con los lectores y no tiene anuncios: te mostramos el sesgo en lugar de ocultarlo. Apoya el periodismo independiente por 4 €/mes.
Hazte suscriptor