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Corte Suprema: Milei modificó por decreto el sistema de designación y recortó la participación ciudadana
AR🏛️ Políticahace 17 d

Corte Suprema: Milei modificó por decreto el sistema de designación y recortó la participación ciudadana

El gobierno nacional modificó el procedimiento y los requisitos para el nombramiento de jueces del Tribunal Supremo de Justicia mediante el Decreto 467/2026. La reforma introducida por el presidente Javier Milei elimina los casos clave de participación ciudadana previa y elimina los criterios relacionados con el género, la especialización y el origen regional que el presidente debía considerar al preseleccionar a los candidatos para el tribunal supremo. La medida modifica cinco artículos y deroga otros tres del Decreto 222/2003, emitido por Néstor Kirchner poco después de asumir el cargo, que había iniciado reformas en el Tribunal Supremo.

El gobierno nacional, encabezado por el presidente Javier Milei, ha implementado una importante reforma en el sistema de designación de jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante el Decreto 467/2026. Esta medida, firmada conjuntamente con el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, modifica radicalmente el régimen establecido en el Decreto 222/2003, dictado por el ex presidente Néstor Kirchner. La reforma elimina varios mecanismos de participación ciudadana y reduce la transparencia en el proceso de selección de nuevos magistrados, generando reacciones en la sociedad civil y en organismos institucionales.

Según el texto del decreto, el procedimiento de designación de jueces se simplificó significativamente. Antes, tras la postulación de un candidato, se permitía a la ciudadanía, a las organizaciones no gubernamentales (ONG) y a los colegios profesionales presentar observaciones o impugnaciones durante un período de 15 días hábiles, en el Ministerio de Justicia. Este mecanismo, considerado una forma de participación ciudadana, se eliminó completamente. Además, se derogó la obligación de publicar los nombres y antecedentes de los candidatos en dos diarios nacionales durante al menos tres días, una medida que garantizaba cierta visibilidad pública.

En su lugar, la información se difundirá exclusivamente en la página oficial del Ministerio de Justicia, que, según el gobierno, representa una modernización del sistema.

Otro punto crucial de la reforma es la supresión de los criterios de diversidad de género, especialidad y procedencia regional que el presidente debía tener en cuenta al preseleccionar a los postulantes. Estos criterios, incluidos en el Decreto 222/2003, buscaban asegurar una representación equilibrada en la Corte Suprema. Sin embargo, el gobierno argumentaba que estos requisitos eran redundantes y no contribuían a la eficiencia del proceso. Según fuentes oficiales, la gestión actual ya no aplicó estos criterios al postular a los jueces Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, lo que sugiere que esta reforma refleja una tendencia hacia una política más conservadora en la selección judicial.

Se estableció un plazo específico para que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informe sobre la situación fiscal de los postulantes, y un plazo de cinco días para que ellos mismos presenten declaraciones juradas de bienes. Esto busca garantizar una mayor transparencia en aspectos financieros, aunque algunos críticos señalan que estas medidas no compensan la pérdida de participaciones ciudadanas anteriores.

Las reacciones frente a esta reforma han sido diversas. Organizaciones como la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) destacaron que la eliminación de las observaciones ciudadanas en el Ministerio de Justicia representa una clara retroalimentación en la participación democrática. Para ellas, la ciudadanía tiene derecho a intervenir en etapas tempranas del proceso, lo que permite influir en la elección de los candidatos.

Por otra parte, el gobierno justifica la reforma como una necesidad para agilizar el proceso de designación y evitar la duplicación de instancias. Argumentan que los mecanismos de participación ciudadana ya están garantizados en el Senado, donde se realizan audiencias públicas y se pueden impugnar los pliegos. Sin embargo, los críticos sostienen que esto no es equivalente, ya que el Senado opera después de que el Ejecutivo haya tomado su decisión, limitando así la capacidad de influencia de la sociedad civil en la fase inicial del proceso.

Este cambio en el sistema judicial argentino se produce en un contexto de tensión política y social, donde la independencia de la judicatura es un tema de debate constante. Mientras el gobierno promueve una imagen de modernización y eficiencia, los grupos de derechos humanos y las organizaciones de transparencia advierten sobre los riesgos de una menor participación ciudadana y una posible erosión de los principios democráticos.

Cómo lo cubrió cada lado

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Perfil logoPerfilIndependienteCentroVeracidad 95Objetividad 85hace 17 d
Corte Suprema: Milei modificó por decreto el sistema de designación y recortó la participación ciudadana

El gobierno nacional modificó el procedimiento y los requisitos para el nombramiento de jueces del Tribunal Supremo de Justicia mediante el Decreto 467/2026. La reforma introducida por el presidente Javier Milei elimina los casos clave de participación ciudadana previa y elimina los criterios relacionados con el género, la especialización y el origen regional que el presidente debía considerar al preseleccionar a los candidatos para el tribunal supremo. La medida modifica cinco artículos y deroga otros tres del Decreto 222/2003, emitido por Néstor Kirchner poco después de asumir el cargo, que había iniciado reformas en el Tribunal Supremo.

Lectura del sesgo (Centro): El artículo presenta la modificación de los procedimientos de nombramiento judicial sin favorecer abiertamente a un lado, incluye citas de funcionarios que defienden el cambio y menciona las perspectivas de la oposición, pero no muestra un claro sesgo en el lenguaje o el énfasis.

Por qué estas puntuaciones (Veracidad 95 · Objetividad 85): The article accurately describes the changes made by Decree 467/2026, including the elimination of citizen participation mechanisms and the removal of gender, specialty, and regional criteria. It provides context about the previous decree from Néstor Kirchner and quotes Santiago Caputo. The only min

Perfil logoPerfilIndependienteIzquierdaVeracidad 92Objetividad 80hace 20 d
Javier Milei flexibiliza por decreto los requisitos para designar jueces de la Corte Suprema

El presidente Javier Milei y el ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques firmaron un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para modificar el proceso de designación de jueces del Tribunal Supremo, con el objetivo de agilizar los procedimientos, evitar procesos redundantes y llenar vacantes más rápidamente. El nuevo decreto reemplaza el histórico decreto de 2003 sobre la autolimitación presidencial por Néstor Kirchner. La medida elimina el paso que permitía a los ciudadanos, ONG y asociaciones profesionales impugnar o comentar las designaciones judiciales ante el Ministerio de Justicia, así como la obligación de publicar las nominaciones de los candidatos en dos nacionales

Lectura del sesgo (Izquierda): El artículo enmarca el cambio como un paso hacia una mayor eficiencia, pero destaca la eliminación de mecanismos de supervisión pública, lo cual podría verse como una reducción de la transparencia. El tono implica crítica hacia quienes se oponen a la reforma, sugiriendo que son figuras autoritarias que no gustan de los medios críticos.

Por qué estas puntuaciones (Veracidad 92 · Objetividad 80): This article also accurately reports the modification of the judicial appointment process through Decree 467/2026, mentioning the DNU status and the goal of streamlining procedures. It references the previous decree by Kirchner and notes the elimination of citizen input and publication requirements.

La Nación logoLa NaciónIndependiente🔒Derechahace 20 d
Por decreto, el Gobierno flexibiliza los requisitos para la designación de jueces de la Corte Suprema

El presidente Javier Milei firmó un decreto que modifica las regulaciones existentes sobre la designación de jueces del Tribunal Supremo, eliminando requisitos relacionados con la diversidad de género, especialización y origen regional de los candidatos. El decreto tiene como objetivo simplificar el proceso, reducir la redundancia y llenar vacantes más rápidamente. Funcionarios del gobierno negaron las afirmaciones de que este cambio aumentaría la opacidad en el proceso de selección. El nuevo decreto reemplaza parte del decreto de 2003 por Néstor Kirchner, que incluía disposiciones sobre transparencia pública y participación ciudadana.

Lectura del sesgo (Derecha): El artículo enmarca la eliminación de los criterios de diversidad y representación regional como un esfuerzo por simplificar, en lugar de una erosión de la inclusión. Destaca las afirmaciones del gobierno sobre reducir la burocracia sin examinar críticamente las posibles implicaciones para la diversidad judicial o la transparencia. El ph

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