Una trabajadora administrativa italiana fue reincorporada después de ser despedida apenas 27 días después de su matrimonio, de acuerdo con un fallo del Tribunal Laboral de Verona. El tribunal dictaminó que el despido de la empresa era inválido porque no tuvo en cuenta las protecciones legales otorgadas a los empleados que se casan durante períodos específicos de empleo. La mujer, una empleada administrativa con sede en Casoli, Abruzos, había trabajado con la empresa desde diciembre de 2019, pasando a la condición permanente en febrero de 2020.
El 18 de junio de 2025, la compañía le informó que la sucursal cerraría y propuso una transferencia a su oficina principal en Povegliano Veronese, manteniendo el mismo puesto, grado de pago y salario. Diez días después, el 28 de junio, se casó y presentó una solicitud formal de licencia por maternidad el 7 de julio. La compañía, al no haber recibido una respuesta a su propuesta de transferencia, emitió un aviso de terminación el 22 de julio, entregándolo a la empleada el 25 de julio, exactamente 27 días después de su boda. La compañía defendió sus acciones, afirmando que no tenía conocimiento del matrimonio y que la decisión se basaba únicamente en la reestructuración organizativa. Sin embargo, el Tribunal Laboral de Verona rechazó este argumento.
Según el fallo del tribunal, que fue publicado el 12 de junio, la ley proporciona protección automática para las trabajadoras que se casan dentro de un plazo específico después de solicitar su licencia matrimonial. Esta protección se aplica independientemente de si el empleador era consciente del matrimonio. El tribunal aclaró que, si bien el cierre de una unidad comercial podría constituir una razón para la terminación, no anula los derechos legales otorgados a los recién casados durante este período. El tribunal encontró que la demanda de reestructuración organizativa de la empresa no justificaba el despido, especialmente teniendo en cuenta el momento de la terminación en relación con el matrimonio del empleado.
Además, declaró que la falta de conocimiento de la empresa sobre el matrimonio no anulaba las salvaguardias legales vigentes. Como resultado, el tribunal declaró la terminación nula y sin efecto, ordenando la reincorporación inmediata de la empleada. Además de la reincorporación, el tribunal ordenó que la empleada reciba una compensación equivalente a cinco meses de salario desde la fecha de terminación hasta su regreso al trabajo. El fallo también incluyó disposiciones para el pago de contribuciones de seguridad social relacionadas. La empleada tendrá derecho a estos beneficios al reanudar sus funciones.
El caso destaca la importancia de adherirse a las leyes laborales que protegen los derechos de los empleados durante hitos personales como el matrimonio. Los expertos legales han señalado que, si bien las empresas pueden intentar justificar los despidos a través de la reestructuración interna, tales medidas deben cumplir con los marcos legales establecidos. En este caso, el tribunal dejó en claro que los eventos de la vida personal, particularmente el matrimonio, tienen prioridad sobre las decisiones operativas cuando se encuentran bajo plazos legalmente protegidos. El resultado sirve como precedente para casos similares que involucran a empleados cuyos matrimonios ocurren poco antes o después de su período de empleo.
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