El Instituto Nacional de la Seguridad Social (Inps) ha aclarado que las personas que renuncian a sus empleos debido a la violencia o el comportamiento de persecución son elegibles para el beneficio de desempleo Naspi. Esto se clasifica como "desempleo involuntario" porque tales situaciones se consideran actos de autodefensa en lugar de renuncia voluntaria. El Inps enfatiza que estos casos se tratan de manera similar a los despidos por causa justa, asegurando que los beneficiarios reciban apoyo financiero sin sanciones. Para calificar, debe haber evidencia documentada de daño objetivo que afecte el bienestar psicológico o físico del individuo, como amenazas o acoso en el camino al trabajo.
Lectura del sesgo (Centro): El artículo presenta información basada en las directrices oficiales del INPS sin favorecer abiertamente ninguna ideología política. Explica los cambios de política de forma neutral, centrándose en las interpretaciones legales y los criterios de elegibilidad.





