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El juez Calama rechaza la nulidad del caso que pretendía Zapatero por pedirlo su defensa fuera de plazo y cita a declarar a los directivos de Plus Ultra
Spain🏛️ PolíticaCentrohace 11 h

El juez Calama rechaza la nulidad del caso que pretendía Zapatero por pedirlo su defensa fuera de plazo y cita a declarar a los directivos de Plus Ultra

Un juez de la corte española, José Luis Calama, ha rechazado un intento del equipo de defensa del ex primer ministro José Luis Rodríguez Zapatero de impugnar la validez del caso Plus Ultra debido a que la presentación estaba fuera del plazo legal. La defensa, liderada por el profesor Víctor Moreno Catena, presentó la objeción el 25 de junio de 2026, argumentando que se violaron varios derechos fundamentales y solicitando la exclusión de doce resoluciones. Según el artículo 241 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el período de 20 días para presentar tales objeciones comienza cuando la parte afectada tiene conocimiento efectivo del acto que viola sus derechos. El juez aclaró que este conocimiento requiere acceso real al procedimiento, no solo evaluaciones subjetivas o conveniencia estratégica. Señaló que la defensa afirmó que se enteraron del problema a través del acceso a una plataforma en la nube y los desarrollos procesales, pero la presentación aún fue tardía. Como resultado, la objeción fue considerada inadmisible, el juez ha ordenado que la agencia Ultra Plus Plus comparezca para ser interrogada.

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El juez Calama rechaza la nulidad del caso que pretendía Zapatero por pedirlo su defensa fuera de plazo y cita a declarar a los directivos de Plus Ultra

Un juez de la corte española, José Luis Calama, ha rechazado un intento del equipo de defensa del ex primer ministro José Luis Rodríguez Zapatero de impugnar la validez del caso Plus Ultra debido a que la presentación estaba fuera del plazo legal. La defensa, liderada por el profesor Víctor Moreno Catena, presentó la objeción el 25 de junio de 2026, argumentando que se violaron varios derechos fundamentales y solicitando la exclusión de doce resoluciones. Según el artículo 241 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el período de 20 días para presentar tales objeciones comienza cuando la parte afectada tiene conocimiento efectivo del acto que viola sus derechos. El juez aclaró que este conocimiento requiere acceso real al procedimiento, no solo evaluaciones subjetivas o conveniencia estratégica. Señaló que la defensa afirmó que se enteraron del problema a través del acceso a una plataforma en la nube y los desarrollos procesales, pero la presentación aún fue tardía. Como resultado, la objeción fue considerada inadmisible, el juez ha ordenado que la agencia Ultra Plus Plus comparezca para ser interrogada.

Lectura del sesgo (Centro): El artículo presenta el razonamiento jurídico y la sentencia de un tribunal en relación con un caso políticamente sensible en el que participa un ex jefe de gobierno.Si bien el tema es políticamente cargado, el marco sigue siendo neutro, centrándose en los procedimientos legales y la interpretación de la ley por parte del juez, en lugar de centrarse

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