La Comisión Europea ha impuesto medidas vinculantes en virtud de la Ley de Mercados Digitales (DMA) que requieren que Google comparta ciertos datos de búsqueda con proveedores de servicios externos. Esta medida tiene como objetivo romper la posición dominante de Google en el mercado al garantizar una competencia justa en el sector digital. A partir de enero de 2027, Google debe proporcionar consultas de búsqueda anónimas, rutas de clic e información de clasificación a competidores aprobados, pero no a sus algoritmos propietarios. El intercambio de datos viene con estrictas protecciones de privacidad, incluidas salvaguardias técnicas y contractuales para evitar la identificación del usuario. La Comisión enfatiza que estas reglas se alinean con las directrices europeas de protección de datos e incluyen un monitoreo continuo para abordar nuevos riesgos. El acceso a los datos se realizará a través de una API en términos justos y no discriminatorios, y se requerirá que terceros contribuyan a los costos operativos.
Lectura del sesgo (Centro): El artículo presenta las acciones regulatorias de la Comisión Europea contra Google de una manera equilibrada, centrándose en el marco jurídico, los objetivos y las condiciones establecidos por la DMA. No exhibe un lenguaje abiertamente sesgado, una fuente unilateral u omisión de contexto.





